Acerca del programa:
El crecimiento de la economía de los creadores de contenido ha generado nuevos desafíos jurídicos para quienes desarrollan su actividad en plataformas digitales. El Curso de Derecho para Influencers: Protección Jurídica del Contenido Digital, entrega una visión integral del marco legal aplicable a influencers, streamers, youtubers, podcasters y demás creadores de contenido, abordando las principales normas que regulan su actividad en Chile. A través de un enfoque práctico y multidisciplinario, los participantes conocerán los riesgos legales asociados a la generación, difusión y monetización de contenidos digitales, así como las herramientas necesarias para gestionar adecuadamente sus relaciones con marcas, plataformas, audiencias y autoridades.
Dirigido a:
- Creadores de contenido digital, influencers, streamers, youtubers, podcasters, community managers, representantes de talentos, profesionales de agencias de publicidad y marketing, emprendedores, abogados y otros profesionales interesados en conocer el marco jurídico aplicable a la creación, difusión y monetización de contenidos digitales.
Jefe de Programa
Felipe Bravo Alliende
Equipo Docente
keyboard_arrow_downFelipe Bravo Alliende
Profesor Adjunto de Derecho Económico, Pontificia Universidad Católica de Chile. Doctor en Derecho, Universidad de Barcelona. Máster en Derecho, Universidad de Valencia. Abogado, Licenciado en Derecho, Pontificia Universidad Católica de Chile.
María José Sepúlveda Vergara
Máster en Comunicación Publicitaria, Universidad Carlos III de Madrid. Abogada, Licenciada en Derecho, Pontificia Universidad Católica de Chile. Ex Encargada Legislativa, Departamento Internacional y Políticas Políticas, INAPI. Profesora de Derecho de la Propiedad Intelectual, Universidad Finis Terrae.
Diego Hormazábal
Doctorando en Derecho, Pontificia Universidad Católica de Chile. LL.M., Georgetown University. Magíster en Ciencia Jurídica, Pontificia Universidad Católica de Chile. Abogado, Licenciado en Derecho, Pontificia Universidad Católica de Valparaíso. Abogado asociado del Grupo Tributario de Carey y cía.
Edmundo Borel
Doctorando en Derecho, Pontificia Universidad Católica de Chile. Magíster en Ciencia Jurídica, Pontificia Universidad Católica de Chile. Abogado, Universidad Austral de Chile.
Verónica Pérez Alliende
Abogada, Pontificia Universidad Católica de Chile. Abogada de Compliance en la Gerencia de Protección de Datos Personales, Falabella S.A.
Descripción
keyboard_arrow_downLa creación de contenido digital constituye hoy una actividad económica que involucra múltiples ámbitos del Derecho. Durante el curso se analizará el régimen jurídico aplicable a los creadores de contenido desde la perspectiva del derecho del consumo, la tributación, la propiedad intelectual, la protección de datos personales, el derecho a la imagen y la contratación comercial. Asimismo, se revisarán las obligaciones legales que surgen en la relación con consumidores, marcas, agencias, plataformas digitales y organismos fiscalizadores, considerando los recientes cambios legislativos y regulatorios.
El programa combina el estudio de la normativa chilena con el análisis de criterios administrativos del SERNAC, Servicio de Impuestos Internos, CONAR y otras autoridades competentes, junto con el examen de casos prácticos y experiencias comparadas que permitan comprender los desafíos jurídicos que enfrentan quienes desarrollan actividades en el ecosistema digital. De esta forma, los participantes adquirirán una comprensión aplicada de los principales riesgos legales asociados a la generación, explotación y comercialización de contenidos digitales.
Al finalizar el curso, los estudiantes estarán en condiciones de identificar contingencias jurídicas, adoptar buenas prácticas y estructurar adecuadamente sus actividades profesionales y comerciales como creadores de contenido o asesores de estos. El conocimiento adquirido permitirá fortalecer el cumplimiento normativo, proteger los activos intangibles, minimizar riesgos regulatorios y diseñar relaciones contractuales más seguras con marcas, agencias y plataformas digitales.
Requisitos de Ingreso
keyboard_arrow_down- Contar con conocimientos básicos relacionados con la creación de contenido digital, publicidad, comunicaciones, marketing, emprendimiento o materias jurídicas. Asimismo, se requiere disponer de un computador con conexión estable a internet que permita participar en las clases online en vivo.
Objetivos de Aprendizaje
keyboard_arrow_downGENERAL
- Evaluar los riesgos jurídicos asociados a la creación, difusión y monetización de contenidos digitales, considerando las obligaciones y responsabilidades establecidas en la normativa chilena vigente, para la toma de decisiones legales y comerciales fundamentadas.
ESPECÍFICOS
- Analizar el marco normativo aplicable a la creación, difusión y monetización de contenidos digitales en materias de consumo, tributación, propiedad intelectual, protección de datos personales y derecho a la imagen.
- Identificar los principales riesgos y responsabilidades legales que enfrentan los creadores de contenido en sus relaciones con consumidores, marcas, agencias y plataformas digitales.
- Aplicar criterios jurídicos para la gestión de contratos, activos intangibles y obligaciones legales vinculadas al desarrollo de actividades de creación de contenido digital.
Metodología
keyboard_arrow_down- Clases expositivas
- Discusión y análisis de casos
- Aplicación práctica de la teoría
- Resolución de casos jurídicos aplicados.
- Cierre y resolución de consultas
Desglose de cursos
keyboard_arrow_downSesión 1 - Creadores de contenido y derecho de consumo
- El creador de contenido frente a la Ley N° 19.496: ¿consumidor, proveedor o agente publicitario? Criterios de calificación.
- La Circular Interpretativa del SERNAC sobre publicidad nativa e influencers: concepto de influencer, deber de identificar el contenido publicitario y buenas prácticas exigidas.
- Distribución de la responsabilidad: la regla general de responsabilidad de la empresa anunciante y los casos en que el creador responde directamente como proveedor-publicitario.
- Publicidad engañosa y publicidad comparativa (arts. 28 y 28 A). La oferta como fuente de obligación (art. 12) y su alcance en publicaciones y transmisiones en vivo.
- Promociones, concursos y sorteos (arts. 35 y 36). Rifas en redes sociales: juegos de azar y el ciclo reciente de denuncias ante el SERNAC.
- Branded content, product placement, códigos de descuento, links de afiliación y live shopping: cómo se identifica y quién responde.
- Autorregulación publicitaria: CONAR y el Código Chileno de Ética Publicitaria.
- Casos: fiscalizaciones del SERNAC a marcas e influencers en Chile; el caso Pandorogate (Chiara Ferragni, Italia) como referencia comparada sobre promociones con fines benéficos.
Sesión 2 - Creadores de contenido y derecho tributario
- Inicio de actividades y calificación de la renta: segunda categoría (art. 42 N° 2 LIR) frente a primera categoría.
- Documentación tributaria del generador de contenido: instrucciones del SII sobre emisión de boletas de honorarios electrónicas, retenciones y pagos provisionales mensuales.
- Tributación de canjes, regalos y gifting: criterio del Oficio SII N° 642 de 2021, valoración a precio de mercado y tratamiento de los bienes no restituidos.
- IVA: efectos de la Ley N° 21.420 sobre los servicios de publicidad y marketing; cuándo el creador queda gravado y cuándo predomina el trabajo personal.
- Rentas de fuente extranjera: pagos de YouTube, Meta, TikTok, Twitch y plataformas de suscripción; retenciones en el exterior y crédito por impuestos pagados en el extranjero.
- Ingresos por suscripciones, donaciones, propinas virtuales, monedas de plataforma y criptoactivos.
- Gastos aceptados: equipamiento, producción, viajes y servicios de terceros.
- Fiscalización: el uso de fuentes abiertas y cruces de información por el SII, la Ley N° 21.713 sobre cumplimiento de las obligaciones tributarias, y las sanciones asociadas a la omisión de ingresos.
Sesión 3 - Creadores de contenido y propiedad intelectual
- Ley N° 17.336: concepto de obra, autoría y titularidad. Derechos morales y patrimoniales. Obras por encargo y cesión de derechos en contratos con marcas y agencias.
- Protección de los distintos formatos: video, transmisión en vivo, podcast, fotografía, texto, memes y formatos de programa. Obras derivadas, remix y parodia.
- Excepciones y limitaciones al derecho de autor en Chile (arts. 71 A y siguientes): cita, uso incidental y fair use en EEUU.
- Uso de música: licencias de las plataformas, gestión colectiva y SCD, derechos de sincronización y el problema de los sonidos “en tendencia”.
- Sistemas privados de retiro y reclamación: Content ID, strikes, contranotificaciones y el régimen de limitación de responsabilidad de prestadores de servicios de internet introducido por la Ley N° 20.435.
- Propiedad industrial (Ley N° 19.039): registro del nombre, seudónimo, logotipo y marca personal del creador; clases relevantes; merchandising; uso de marcas ajenas en el contenido.
- Competencia desleal (Ley N° 20.169): aprovechamiento de la reputación ajena, confusión y denigración entre creadores y frente a marcas.
Sesión 4 - Creadores de contenido y datos personales
- Marco constitucional y legal: artículo 19 N° 4 de la Constitución (Ley N° 21.096), Ley N° 19.628 y la nueva Ley N° 21.719, cuya entrada en vigencia se produce el 1 de diciembre de 2026.
- Nuevos roles y responsabilidades: responsable y encargado del tratamiento. ¿Cuándo un creador o una agencia asume la calidad de responsable?
- Principios y bases de licitud del tratamiento: consentimiento, interés legítimo y demás hipótesis. Datos sensibles y datos de niños, niñas y adolescentes.Derechos de los titulares (acceso, rectificación, cancelación, oposición, portabilidad y bloqueo) y diseño de un procedimiento de respuesta.
- Tratamientos habituales en la actividad: bases de seguidores, sorteos y concursos, formularios, newsletters, comunidades cerradas y de suscripción, cookies, píxeles y publicidad segmentada.
- Deber de seguridad y notificación de brechas: qué es exigible razonablemente a un creador individual o a una agencia pequeña.
- La nueva Agencia de Protección de Datos Personales: facultades de fiscalización, procedimiento sancionatorio y régimen de multas.
- Transferencias internacionales de datos y uso de plataformas y proveedores extranjeros.
Sesión 5 - Creadores de contenido y uso de la imagen
- Uso de la imagen del creador y de las personas que participan en sus transmisiones
- El derecho a la propia imagen en el ordenamiento chileno: construcción jurisprudencial a partir del artículo 19 N° 4 de la Constitución ante la ausencia de una ley especial. Dimensión personalísima y dimensión patrimonial de la imagen.
- El consentimiento para el uso de imagen: forma, alcance material, temporal y territorial; revocabilidad; autorizaciones y releases escritos.
- Uso de la imagen de terceros: invitados, colaboradores, equipo de producción, público asistente y personas captadas en lugares públicos. Particularidades de la transmisión en vivo y de la interacción en chats.
- Niños, niñas y adolescentes: kidfluencers, sharenting, interés superior del niño y Ley N° 21.430; autorización de quienes ejercen el cuidado personal y límites derivados de la normativa sobre trabajo infantil.
- Uso comercial no autorizado de la imagen del creador por marcas o terceros: acciones civiles, indemnización y medidas cautelares.
- Difusión no consentida de registros de contenido sexual: artículo 161-D del Código Penal, incorporado por la Ley N° 21.675, y violencia digital de género.
- Suplantación de identidad, deepfakes y clonación de voz e imagen; su intersección con la Ley N° 21.459 sobre delitos informáticos.
- Uso de la imagen de personas fallecidas y de figuras públicas.
Sesión 6 - El creador como empresa: contratos con marcas, agencias y plataformas
- Estructuración de la actividad: persona natural, sociedad o agencia; separación de patrimonios y consecuencias tributarias y de responsabilidad.
- Contratos de colaboración publicitaria y de canje: objeto y entregables, indicadores de desempeño, exclusividad y no competencia, plazos, licencia de uso del contenido y de la imagen, whitelisting y amplificación pagada, cláusulas de conducta y causales de término.
- Contratos de representación y management; agencias de talentos, comisiones, deberes fiduciarios y conflictos de interés.
- La frontera laboral: prestación de servicios frente a relación laboral. Indicios de subordinación y dependencia, y riesgos previsionales para creadores y agencias.
- Patrocinios, embajadores de marca, licencias de merchandising y colaboraciones entre creadores (cotitularidad y reparto de ingresos).
- Términos y condiciones de las plataformas: naturaleza de contrato de adhesión, monetización y desmonetización unilateral, moderación de contenidos, cláusulas de ley aplicable y jurisdicción, y control de cláusulas abusivas.
Evaluación
keyboard_arrow_down- Resolución de un caso individual: 100%
Requisitos Aprobación
keyboard_arrow_downLos alumnos deberán cumplir con el siguiente requisito: Aprobar el curso con una nota igual o superior a 4.0.
El alumno que no cumpla con estas exigencias reprueba automáticamente sin posibilidad de ningún tipo de certificación.
Los resultados de las evaluaciones serán expresados en notas, en escala de 1,0 a 7,0 con un decimal, sin perjuicio que la Unidad pueda aplicar otra escala adicional.
Los alumnos que aprueben las exigencias del programa recibirán un certificado de aprobación digital otorgado por la Pontificia Universidad Católica de Chile. Además, también se entregarán insignias digitales.
Proceso de Admisión
keyboard_arrow_downLas personas interesadas deberán completar la ficha de inscripción que se encuentra al costado derecho de esta página web y enviar los siguientes documentos al momento de la postulación o de manera posterior a la coordinación a cargo:
- Fotocopia simple del carnet de identidad por ambos lados.
- Otros documentos que la unidad estime conveniente (de acuerdo a cada programa, solo cuando corresponda).
Con el objetivo de brindar las condiciones y asistencia adecuadas, invitamos a personas con discapacidad física, motriz, sensorial (visual o auditiva) u otra, a dar aviso de esto durante el proceso de postulación.
El postular no asegura el cupo, una vez inscrito o aceptado en el programa se debe pagar el valor completo de la actividad para estar matriculado.
No se tramitarán postulaciones incompletas.
Puedes revisar aquí más información importante sobre el proceso de admisión y matrícula
¿Te parece interesante este programa?
Sí No